Cuando vivimos en una comunidad de propietarios existen dos conceptos que están establecidos en la Ley de Propiedad Horizontal y que suelen dar lugar a confusión: los Estatutos y el Reglamento de Régimen Interior.

En Finques Rodés explicamos ambos conceptos para que conozcas sus diferencias.

Por un lado, los estatutos de una comunidad de propietarios regulan la Constitución y el ejercicio de todos los derechos y obligaciones que no estén prohibidos en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) con respecto al uso y destino del edificio, así como los diferentes elementos privativos y comunes, sus instalaciones y servicios, los gastos, la conservación, las reparaciones, la administración y el gobierno.

Por su parte, el Reglamento de Régimen Interior es el que regula la convivencia y la adecuada utilización de todos los servicios y cosas comunes, siempre que se encuentren dentro de los límites que establece la ley y los estatutos.

Ya partiendo de su propia definición existe una diferencia entre ambos, ya que los Estatutos regulan los derechos y obligaciones mientras que el Reglamento de Régimen Interior regula las normas de convivencia y el uso de los elementos e instalaciones.

Por otro lado, para poder establecer o modificar los estatutos son necesarias diferentes mayorías dependiendo de si se aplica la Ley de Propiedad Horizontal o el Régimen Jurídico de la Propiedad Horizontal (RJPH).

Para la Ley de Propiedad Horizontal es necesaria la unanimidad de los propietarios, sin embargo, para el Régimen Jurídico de Propiedad Horizontal pueden existir acuerdos a partir de las 4/5 partes de los propietarios, siempre dependiendo del contenido de las normas estatutarias.

Para la creación y modificación del Reglamento de Régimen Interior es suficiente con tener la mayoría, que en el caso de la LPH será necesario una mayoría absoluta para primera convocatoria de la reunión de junta de propietarios o mayoría simple en segunda convocatoria, mientras que con él RJPH sólo hay una convocatoria, por lo tanto es suficiente con la mayoría simple.