Cuando se solicita un préstamo conviene conocer cuáles son los gastos de la hipoteca y cuál es la parte que corresponde al comprador, ya que hay otra parte que le toca pagar a la entidad bancaria.

 

En Finques Rodés te explicamos quién paga qué de los gastos de la hipoteca.

 

La nueva Ley Hipotecaria o Ley reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario de 2019 supuso algunos cambios que favorecen al comprador, ya que se hicieron modificaciones con respecto al reparto de los gastos.

 

Gastos que paga el solicitante

El solicitante, que es el que compra la vivienda, tiene que tener en cuenta dos gastos principales:

 

La tasación del inmueble, que es obligatoria y para la que habrá que buscar una empresa homologada por el Banco de España. El coste aproximado, aunque depende del tamaño y las características de la vivienda, así como de la empresa suele situarse entre los 200 y los 600 euros.

La comisión de apertura, que se paga para que el banco realice un estudio de solvencia del solicitante para conceder el préstamo. La Comisión depende del importe de capital solicitado y varía entre el 0,5% y el 1% de este dinero.

 

 

Gastos que paga la entidad bancaria

A la entidad financiera le corresponden los siguientes gastos:

  • Gastos de notaría: los aranceles notariales están regulados por ley y varían entre el 0,1% y el 0,3%.
  • Gastos de gestoría: para inscribir la escritura de la hipoteca en el Registro de la Propiedad, este gasto depende del coste de la vivienda, pero oscila entre el 0,1% y el 0,3%. Asimismo, el banco tiene que encargarse de retirar las copias de la Notaría y la liquidación del impuesto, con un coste que oscila entre los 150 y los 300 euros.
  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: que antes pagaba el comprador y ahora tiene que pagarlo el banco, con una cuantía que depende del precio de la vivienda y varía entre el 0,5% y el 1.5% del valor total.