Nueva ley de vivienda en Catalunya: qué cambia y cuándo se aplicará
El Parlament de Catalunya aprobó el pasado 18 de diciembre una nueva normativa en materia de vivienda que afecta directamente al mercado del alquiler, a los propietarios y a la gestión de inmuebles.
Se trata de la Ley de adopción de medidas urgentes en vivienda y urbanismo, que introduce cambios relevantes en el marco vigente.
Sin embargo, hay un punto clave que conviene tener claro desde el principio:
📌 La ley todavía NO está en vigor.
Hasta que no se publique oficialmente en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), no será aplicable.
Mientras esperamos su publicación, resumimos de forma clara qué regula, a quién afecta y cómo puede impactar en la gestión de los inmuebles.
1. Contratos de temporada: dos modalidades diferenciadas
La ley redefine los alquileres de temporada y establece dos categorías:
- Temporada por motivos laborales, estudios o salud
Será obligatorio aportar documentación que justifique el motivo temporal, e indicar el domicilio habitual del inquilino.
Además, el contrato deberá depositarse en INCASÒL junto con la fianza.
- Temporada recreativa o de ocio
Pensado para estancias no permanentes sin motivación laboral o académica.
📌 Si no se acredita el uso temporal adecuadamente, el contrato puede pasar a considerarse alquiler habitual, aplicando las duraciones y garantías previstas en la normativa general.
2. Regulación del alquiler de habitaciones
Por primera vez, la nueva ley regula de forma específica el alquiler por habitaciones dentro de una vivienda.
Los principales requisitos incluyen:
- Cumplimiento de la cédula de habitabilidad
- Superficie mínima y condiciones adecuadas de uso
- Prohibición de “trocear” viviendas para evitar la regulación
- En zonas tensionadas, el precio total no podrá superar los índices oficiales de alquiler
Esta regulación pretende aportar seguridad jurídica a un modelo de alquiler en auge y hasta ahora poco definido.
3. Registro de Grandes Tenedores
La norma crea un registro obligatorio para grandes tenedores, tanto personas físicas como jurídicas.
Se deberán inscribir y acreditar viviendas cuando:
- Superen determinadas dimensiones patrimoniales
- Operen en zonas tensionadas
- Realicen determinadas operaciones inmobiliarias
El objetivo es mejorar la transparencia y trazabilidad del parque inmobiliario.
4. Derecho de tanteo y retracto y refuerzo inspector
El texto amplía los casos en los que la Administración puede ejercer el tanteo y retracto, permitiendo adquirir viviendas antes de su venta a terceros.
Además, refuerza los mecanismos de inspección y control sobre la actividad inmobiliaria.
5. ¿A quién afecta esta ley?
- El ámbito es exclusivamente autonómico:
Se aplicará a contratos formalizados dentro de Catalunya - El resto del territorio seguirá regido por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994
Por tanto, afecta únicamente a propietarios, inquilinos y comunidades con inmuebles situados en Catalunya.
¿Cuándo entra en vigor?
Aunque la ley ya ha sido aprobada, todavía no puede aplicarse.
Debe publicarse en el DOGC para:
- Entrar en vigor
- Activar plazos y obligaciones
- Establecer calendarios concretos
Hasta entonces, el marco legal actual se mantiene sin cambios.
Cómo te acompañamos desde Finques Rodés
Los cambios normativos pueden generar dudas y nuevas obligaciones, especialmente para:
- Propietarios que ponen en alquiler su vivienda
- Quienes ya tienen contratos vigentes
- Comunidades de propietarios
- Grandes tenedores
En Finques Rodés:
✔️ Seguimos de cerca la evolución del texto legal
✔️ Adaptamos contratos y documentación
✔️ Asesoramos caso por caso con transparencia
✔️ Informamos cuando la norma sea oficial y aplicable
¿Tienes un piso en alquiler o estás pensando en poner uno en el mercado?
Ahora es un buen momento para anticiparte.
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